jueves, 25 de junio de 2015

Grupo 15. Audiencia de Voir Dire.

AUDIENCIA DE VOIR DIRE

GRUPO 15: María Belén Ravarini, Facundo Manuel Corado, Diego Domínguez y Fabián Matilla.

 
            La audiencia de “voir dire” tiene una verdadera importancia y puede llegar a ser determinante al momento de la toma de decisiones en un juicio por jurados, toda vez que con la citada audiencia se logra medir la imparcialidad de los potenciales jurados con relación al caso concreto en que puede tocarles intervenir como juzgadores.

Claramente se busca como un objetivo primordial medir la capacidad de los potenciales jurados de evaluar el caso en forma imparcial, y sirven esencialmente para interiorizarse de mejor manera sobre la forma de pensar de cada uno de ellos.

Para esto es fundamental tener muy claro la teoría del caso ya que haciendo foco sobre los temas centrales se puede saber a ciencia cierta a qué tipo de preguntas se puede apuntar en dicha audiencia, para descartar los jurados que puedan hacer peligrar el sostenimiento de la teoría del caso o, también aquellos, que puedan fortalecer la teoría del caso de la contraparte.

No debemos olvidar que el modelo adversarial está basado en que cada parte presente ‘su’ historia, y para hacerlo tiene que saber quiénes van a decidir sobre la misma.

Según explica Karen Jo Koonan, abogado norteamericano con amplia experiencia en juicios por jurados, hay diferentes categorías a la hora de elegir un jurado. Existe el “background” o trasfondo, que implicaban encasillar a los candidatos a integrar el jurado en categorías como raza, género, marco sociocultural, lugar de residencia, etc.

Pero sin embargo, la categoría a la que le da la mayor importancia es la de las “actitudes sobre el asunto central del caso”, es decir “prejuicios y preconcepciones”. Por ejemplo, en un caso en el que el acusado es afroamericano y la víctima es blanca, la idea sería averiguar si algún miembro del jurado tiene prejuicios racistas o quizás lo opuesto, si es un defensor de las minorías.

En tal sentido entendemos que resulta importante y necesario preguntarle al posible jurado cuál es su opinión sobre los principios, esto es el principio de inocencia, la garantía de defensa en juicio o la imposibilidad de declarar contra uno mismo. Esto toda vez que hay ciudadanos que creen que si alguien es acusado y llevado a juicio es porque es culpable, y si el rol que nos toca ocupar es el de la defensa sería de extrema gravedad para la teoría del caso tener un jurado con semejantes características.

Podríamos decir, sin ánimo a equivocarnos, que la audiencia de la selección del jurado es lo que podríamos llamar la primera garantía del juicio, esto es procurar que en concreto y no de manera abstracta, cada caso tenga un tribunal competente, independiente e imparcial.

Si no vamos a dejar librados al azar ni al instinto cuestiones tan delicadas como el juicio justo en un proceso penal, es evidente que para tomar decisiones, las partes necesitan información sobre los candidatos a jurado, que les permita identificar los factores de riesgo.

A su vez, debemos poner especial atención en la audiencia ya que es una buena oportunidad para generar un nexo de confianza con la ciudadanía, es decir, se debe crear un clima de asistencia, contención y respeto hacia los jurados teniendo en cuenta que la participación ciudadana resulta fundamental en un modelo democrático de administración de justicia.

Esa información no puede ser librada al azar, ni siquiera utilizando la tecnología hoy disponible, para buscar por medio de un Smartphone o una computadora portátil características en las redes sociales de las personas que estamos por evaluar en la audiencia. La información requiere de una debida preparación, incluso creemos que sería conveniente dicha evaluación en forma conjunta con el desarrollo de la teoría del caso que vamos a sostener, dado que de esta manera nos aseguramos que el perfil del jurado que buscamos no se encuentre en las antípodas de lo que en el juicio vamos a desarrollar. Como explica Alberto Binder[1]: “Donde existe el juicio por jurados, los cuerpos de jueces suelen ser mucho más profesionales, porque si bien el juicio por jurados es siempre excepcional, genera un paradigma de actuación profesional para el juez abogado y para los propios litigantes”.

Pecando de ser insistentes, entendemos que cuanto más rígida sea la teoría -es decir, cuanto menos alternativas vayan quedando disponibles- más claro debería tener el litigante cuál sería su perfil ideal de jurado. O más bien, qué características debe detectar para procurar excluir a los candidatos que más difícilmente aceptarán la teoría del caso que se vaya a desarrollar. En otras palabras, mientras vamos preparando el caso también bosquejamos la selección de jurados.

 

 



[1] BINDER, Alberto, Crítica a la justicia profesional.

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